países que desafiaron las sentencias de la Corte de La Haya
Países como Estados Unidos, Argentina y Francia han incumplido fallos que consideran injustos o que simplemente no convienen a sus intereses
PUBLICADO : 28 Enero 2014
DANIEL CASILLAS
Hoy sorprendió al mundo el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya al modificar la frontera marítima entre Chile y Perú, manos países se comprometieron a acatar la decisión; sin embargo, no todas las naciones han cumplido las decisiones del tribunal y en algunas ocasiones incluso han desconocido su autoridad.
Pese a que a la CIJ sólo pueden acudir los Estados que sean miembros de las Organización de las Naciones Unidas (ONU) y hayan firmado la Carta de las Naciones Unidas, la cual los compromete automáticamente a obedecer cualquier sentencia, países como Estados Unidos, Argentina y Francia han incumplido fallos que consideran injustos o que simplemente no convienen a sus intereses.
Si un Estado no acata la sentencia de la Corte Internacional, que es es vinculante, final y sin posibilidad de apelación, la nación afectada puede acudir al Consejo de Seguridad de la ONU para que tome medidas que hagan cumplir el fallo.
Aquí los casos de algunos países que han incumplido las sentencias de la Corte de La Haya:
Islandia
En julio de 1972, Islandia amplió unilateralmente su área de pesca exclusiva de 12 a 50 millas, lo que provocó una queja de Reino Unido y Alemania ante la Corte Internacional de Justicia. Desde un principio Islandia no aceptó la jurisdicción de la Corte y no participó en ninguna de las audiencias.
En julio de 1974, la Corte de La Haya dictaminó que la extensión unilateral la zona de pesca exclusiva de Islandia no era válida y que el Reino Unido tenía derechos de pesca fuera del límite de las 12 millas; sin embargo, esta decisión no fue acatada por la Islandia.
El conflicto terminó en 1976 con un acuerdo que concedió a Islandia casi la totalidad de sus demandas. A pesar del desacato, no hubo sanciones contra la isla.
Francia
El 9 de mayo de 1973, Nueva Zelanda le solicitó a la Corte Internacional de Justicia que le ordenara a Francia no realizar más pruebas nucleares en el Pacífico Sur. El 22 de junio de ese año la Corte emitió una resolución que afirmaba que "el Gobierno francés debe evitar las pruebas nucleares que producen lluvia radiactiva en territorio de Nueva Zelanda".
A pesar del fallo, Francia llevo a cabo otras cinco pruebas entre julio y agosto de 1973 y otras siete entre junio y septiembre de 1974. Ninguna sanción fue impuesta al país europeo, que esgrimió la seguridad nacional como argumente para el desacato.
Argentina
En 1977, un tribunal de la Corte de La Haya dictaminó que tres islas en el Canal Beagle pertenecían a Chile y no a Argentina. El gobierno de Argentina rechazó la sentencia, situación que generó una disputa que casi termina en un enfrentamiento militar, que, gracias a la mediación del Vaticano, fue finalmente evitado.
Estados Unidos
La nación norteamericana ha desafiado en dos ocasiones los fallos de la Corte Internacional de Justicia. El primer desacato de Estados Unidos se dio en 1984, cuando Nicaragua denunció el uso ilegal de la fuerza por la intervención norteamericana en esa nación. La Corte dictaminó que Estados Unidos cometió una infracción del "Derecho internacional consuetudinario de abstención del uso de la fuerza contra otro Estado" y le ordenó pagar una compensación económica, lo cual nunca se hizo, al menos oficialmente.
El otro desacato ocurrió el 3 de mayo de 1999, cuando Walter LaGrand, de nacionalidad alemana, fue sentenciado a muerte en el estado de Arizona por asesinato en primer grado. Alemania solicitó a la CIJ suspender la ejecución hasta que se resolviera una queja sobre el mal procedimiento del Estado de Arizona, que no avisó sobre el derecho de LaGrand a ponerse en contacto con el consulado alemán. Ese mismo día, la Corte emitió una orden que pedía a Estados Unidos "tomar todas las medidas a su alcance para asegurarse que Walter LaGrand no sea ejecutado mientras espera la decisión final de este proceso".
Walter LaGrand fue ejecutado, con el proceso internacional aún abierto. En 2001, el tribunal internacional determinó que Estados Unidos violó la Convención de Viena a través de la aplicación de la preclusión procesal. Sin embargo, ninguna sanción se produjo ante el desacato.
Rumania
En 1989 Rumanía incumplió el fallo de la Corte sobre inmunidad de ciudadanos y funcionarios ONU.
Malasia
10 años después, Malasia también desacató la sentencia de la CIJ sobre inmunidad de ciudadanos y funcionarios ONU
Guinea-Bissau
Guinea-Bissau rechazó en 1991 una decisión de la Corte Internacional que favorecía a Senegal en una disputa por límites marítimos. En 1995, los dos países negociaron y lograron un acuerdo.
Nigeria
Nigeria rechazó y desacató en 2002 la decisión de la Corte que le otorgó la Península de Bakassi a Camerún; sin embargo, tiempo después y tras años de disputas sobre ese territorio rico en reservas naturales de petróleo y gas, Nigeria optó por entregarlo.
Israel
En el 2004 La CIJ emitió un dictamen que considera contraria al derecho internacional la construcción de la valla de seguridad que edificó Israel en Cisjordania; sin embargo, la nación judía incumplió la decisión y argumentó que "Sin terrorismo no habría valla de seguridad”.
Colombia
En noviembre de 2012, la CIJ le concedió a Nicaragua 75 MIL kilómetros cuadrados en el Mar Caribe que estaban en poder de Colombia; sin embargo, un año después del fallo, en 2013, el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, aseguró que el sentencia no es aplicable, a menos que los dos países negocien un tratado limítrofe. Analistas han dicho que la "inaplicabilidad" del fallo que alega el mandatario colombiano podría llegar a interpretarse como una forma de demorar el cumplimiento de la orden de la CIJ.
Los escenarios que plantea la no aplicación del fallo de La Haya
Miércoles, Septiembre 11, 2013 | Autor: Redacción de El País
En noviembre del 2012, la Corte Internacional de Justicia fijó nuevos límites marítimos en el Caribe entre Colombia y Nicaragua, que ganó una amplia porción de mar.
Elpais.com.co | Colprensa Archivo
El anuncio del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, mediante el cual aceptanegociar un tratado con Colombia para darle aplicabilidad al fallo de la Corte Internacional de Justicia, hace prever que la situación generada por la sentencia se podrá manejar por la vía diplomática.
Sin embargo, las declaraciones que entregaron en Managua varios de los altos funcionarios sandinistas han dejado en claro que el país centroamericano no aceptará menos de lo que ya les otorgó el tribunal internacional de La Haya y que es probable que Nicaragua acuda de nuevo a instancias internacionales para reclamar lo que por derecho les han concedido.
Ante este segundo escenario, algunos analistas consultados por El País consideran que no será fácil la construcción de ese tratado, que Nicaragua estará siempre en mejor posición en una eventual negociación y que cualquier desacuerdo o conflicto le traería implicaciones a Colombia porque será interpretado como el resultado del desacato de la sentencia de un tribunal internacional.
Así lo dio a entender el abogado Mauricio Herdocia, exagente de Nicaragua ante La Haya, quien aseguró que la postura de Colombia “es un desafío abierto al derecho internacional y es una rebeldía ante las normas más básicas de ese derecho internacional”.
“La posición anunciada por el presidente Santos viola el derecho internacional porque lo que pretende es alegar como excusa, para incumplir el fallo, la necesidad de un tratado”, dijo Herdocia.
No obstante, Andrés Molano, especialista en relaciones internacionales de la Universidad del Rosario, aseguró que para que Nicaragua pueda elevar un reclamo a instancias internacionales se requiere que Colombia haya incumplido el fallo.
“Yo lo que creo es que esto no va a ocurrir porque el fallo será cumplido tarde o temprano. Y por lógica, si vamos a negociar con Nicaragua, la base de esa negociación tiene que ser la sentencia de la CIJ que les otorga derechos a ambos países, no solo a Nicaragua”, indicó Molano.
Los escenarios posibles
Normalmente la aplicación de los fallos de la Corte Internacional de Justicia se pueden tardar varios años y los tiempos en el derecho suelen parecer más lentos que en el calendario habitual. Esta situación podría llevar a que Nicaragua interprete cualquier demora como una dilatación de Colombia para cumplir el fallo de la CIJ.
El ejemplo más cercano del camino que le puede esperar a este proceso es el caso que resolvió el tribunal de La Haya entre Nigeria y Camerún, una decisión que fue adoptada en el 2002 y que apenas pudo implementarse, tras la firma de un acuerdo, hace algunos meses.
Para los expertos en derecho internacional, la aplicación de este fallo puede tardar entre cinco y diez años y si se dilata por mucho tiempo más seguramente Nicaragua acudirá a organismos como Naciones Unidas, la OEA o la Celac para buscar una presión contra Colombia.
Pero también creen que existirá el riesgo de que en el terreno se generen tensiones militares mayores y que uno de los Estados llegue a afectar derechos del otro, lo que en cualquier caso sería visto como el resultado o producto del desacato de un fallo por parte del Gobierno de Colombia.
Pero si bien no existe un mecanismo o un organismo que obligue a Colombia a dar cumplimiento del fallo, además del efecto vinculante de la firma del Pacto de Bogotá, “el país tiene un capital diplomático importante y una historia de cumplimiento del derecho internacional. Está en juego su reputación y prestigio político y si no cumple los acuerdos, por reciprocidad, no podrá exigir mañana que otro Estado le cumpla”, dijo Molano.
Por su parte Mauricio Jaramillo Jassir, docente de Relaciones Internacionales de la Universidad del Rosario, considera que para Nicaragua también es un buen negocio lograr un acuerdo con Colombia sin ir a instancias internacionales.
“Nicaragua está en una mejor posición y debe decidir entre acudir a instancias internacionales, lo que implicaría un trabajo arduo y prolongado, o ser más pragmática y negociar con Colombia para ver qué le ofrece dentro de lo que ya ha indicado el fallo de la CIJ”, dijo Jaramillo.
Ante la Celac
Una opción menos legal y más política para Nicaragua es acudir ante la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe, Celac.
Los analistas dicen que es una instancia que podría actuar para reducir tensiones entre ambos países y aproximar las partes por su limitada capacidad.
Ante este organismo no podría Colombia esperar un respaldo por la tradición de respeto irrestricto que han profesado por el derecho internacional y por la legalidad los países miembros.
Ante Naciones Unidas
En la eventualidad de que Colombia y Nicaragua no logren un acuerdo, una de las alternativas que tiene el país centroamericano es acudir ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
En este caso, el Gobierno de Managua demandaría el incumplimiento de Colombia a las obligaciones derivadas del fallo y el organismo multinacional podría hacer las recomendaciones a efectos de que Colombia dé cumplimiento a lo ordenado por la CIJ.
De acuerdo con los expertos consultados, las implicaciones que esto traería para el país es que se produciría una erosión en la tradición que tiene Colombia de respeto y acatamiento a las decisiones de los tribunales.
La Carta de la ONU dice que el Consejo de Seguridad hará las recomendaciones orientadas al acatamiento del fallo.
Ante la OEA
Otra alternativa que tiene Nicaragua, y que puede agotar de manera alterna con una queja ante Naciones Unidas, es el reclamo ante la Organización de las Naciones Unidas, OEA.
Consideran los analistas que esta sería la opción más razonable a la que pueda recurrir Nicaragua porque en el Consejo de Seguridad de la ONU hay situaciones más urgente por definir en otras partes del mundo y puede perderse mucho tiempo a la espera de una respuesta.
En este caso Colombia debería responder ante la Asamblea General de la OEA, donde le harían las recomendaciones o el llamado al país para que cumpla con su obligación.
Las implicaciones pasarían también por el prestigio que perdería Colombia sobre el respeto de la justicia internacional, al no acoger el fallo.
La ONU intenta evitar la ejecución de una pena de muerte a un mexicano en Texas
Si nada lo impide, el proximo jueves le será aplicada la pena capital
La ONU, como ya hizo la CIJ, advierte de que no tuvo un juicio justo
Humberto Leal fue arrestado y condenado en 24 horas por asesinato en 1995
México ha pedido a la Suprema Corte de EEUU que detenga la ejecución
ELMUNDO.ES
Isabel Longhi-Bracaglia | México DF
Actualizado viernes 01/07/2011 11:24 horas
Humberto Leal García.Humberto Leal García.
La ONU se ha sumado a la batalla que libra México desde hace años para evitar que un convicto de este país termine ejecutado en Texas, el cumplimiento de una condena a la pena de muerte. No queda mucho tiempo para lograrlo. Si nada lo impide antes, Humberto Leal García sabe que morirá el próximo jueves, 7 de julio.
A menos de una semana para la ejecución, la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Navi Pillay, ha escrito al gobernador de Texas pidiéndole que conmute la pena de muerte al mexicano. Pero lo cierto es que hasta ahora, ni una sentencia de la Corte Internacional d Justicia han conseguido convencerle de que dé marcha atrás en este caso.
La clave de los requerimientos tanto de México como ahora de la ONU radica en las irregularidades detectadas durante el juicio, que tuvo lugar en 1995. A Humberto Leal lo detuvieron el 10 de julio de ese año y al día siguiente lo declararon culpable de la violación y asesinato de Adria Sauceda, de 16 años, el 21 de mayo de 1994 en San Antonio (Texas).
El mexicano de 37 años y originario de Monterrey fue arrestado, encarcelado, juzgado y condenado a muerte en un solo día. Y sin informarle de su derecho a recibir asistencia consular, conforme al artículo 36 de la Convención de Viena, que es lo que invalidaría todo el proceso. México se enteró de todo eso dos años después, en 1997, y desde entonces ha intentado paralizar la ejecución de la condena con apelaciones y una denuncia presentada en 2003 ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya(CIJ).
Un año más tarde, la CIJ ordenó a Estados Unidos revisar los casos de 51 reos mexicanos en pena de muerte, tras certificar que fueron violados sus derechos al ser detenidos y procesados sin notificación consular. El Congreso de Estados Unidos aprobó una ley para aplicar la decisión del tribunal, pero el Estado de Texas hasta ahora no ha aceptado dar marcha atrás en el caso de Humberto Leal y la orden de ejecución sigue en pie.
El portavoz de la alta comisionada de la ONU, Rupert Colville, ha confirmado este viernes que Navi Pillay está preocupada sobre la ejecución de la pena capital contra el mexicano Humberto Leal García porque no se respetó plenamente el derecho a un juicio justo.
Poco después de la declaración de Pillay, el relator de la ONU sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Christof Heyns, también ha pedido públicamente al Gobierno de Estados Unidos que cancele la ejecución. "Si la ejecución tiene lugar, el Gobierno estadounidense habrá aplicado una pena de muerte después de un juicio que no cumplió con el debido proceso", ha advertido.
No es el único
Leal García no es el único mexicano condenado a muerte con una sorprente velocidad de los tribunales. La denuncia interpuesta ante la Corte Intenacional de Justicia incluía 51 ejemplos de compatriotas a los que no se les había respetado sus derechos jurídicos en EEUU, que se bautizaron como 'Caso Avena'. De éstos, 16 se localizaban en Texas.
Héctor García Torres, César Roberto Fierro Reyna y Rubén Ramírez Cárdenas, también fueron sentenciados a muerte en 24 horas. Ramiro Hernández Llanas, en 48 horas. Ignacio Gómez, Ramiro Rubí Ibarra, Virgilio Maldonado, Ángel Maturino Reséndiz, Roberto Moreno Ramos, Daniel Ángel Plata Estrada, Félix Rocha Díaz, Oswaldo Regalado Soriano y Edgar Arias Tamayo, fueron sentenciados a la pena capital en procesos de entre 4 y 7 días.
También en Texas, Juan Carlos Álvarez fue sentenciado a muerte en 15 días, mientras a José Ernesto Medellín Rojas se le siguió un juicio de 26 días. A este último lo ejecutaron el 5 de agosto de 2008, pese al fallo de la Corte Internacional de Justicia y de las peticiones de la Casa Blanca, el Gobierno de México y una docena de países al gobernador de Texas para que no lo hiciera.
"La CIJ no tiene jurisdicción en Texas, por lo que sus decisiones no son obligatorias y todas las ejecuciones seguirán como han sido programadas", alegó entonces Robert Black, portavoz del gobierno local.
El gobernador texano, Rick Perry, ha reiterado que en los casos de pena de muerte sólo se acatarán las leyes estatales y las decisiones de las cortes estadunidenses, y ha advertido que los ciudadanos mexicanos no deben esperar un trato especial en este estado: "Ellos deben saber que nosotros no vamos a tratarlos diferente, bajo ninguna circunstancia, a cómo hacemos con nuestros propios ciudadanos".
El martes pasado, el Gobierno de México solicitó a la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos "el no permitir que Texas, en una carrera por la ejecución, descarte los derechos constitucionales" del reo mexicano.
Incumple EU sentencia de la CIJ, acusa México
LA HAYA, Holanda., junio 19 2008.- México mantuvo este jueves en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que Estados Unidos ha incumplido sus obligaciones internacionales al fijar la fecha de ejecución del ciudadano mexicano José Ernesto Medellín, prevista para el próximo 5 de agosto.
La CIJ celebra este jueves la primera jornada de audiencias en la que México solicita al máximo órgano judicial de la ONU que ordene “medidas provisionales” a EU para evitar la ejecución de cinco mexicanos en ese país.
El miembro de la delegación mexicana Juan Manuel Gómez-Robledo indicó ante los jueces de la CIJ que “nos enfrentamos a actos de violación por parte de Estados Unidos de sus obligaciones internacionales”.
México estimó que Estados Unidos no ha cumplido con las obligaciones que la CIJ marcó en 2004 con la sentencia “Avena”, en la que se determinó la “revisión y reconsideración” de la condena a muerte de 51 mexicanos, entre los que se encontraba Medellín y otros cuatro cuyas fechas de ejecución se fijarán próximamente.
Las medidas provisionales buscan que no se aplique la pena de muerte a los ciudadanos mexicanos, al menos hasta que se tramite la solicitud de México de interpretar el “fallo Avena” de 2004.
Gómez-Robledo denunció que los “derechos de México y de sus nacionales están en entredicho”, a la vez que lamentó tener que recurrir a la CIJ para pedir medidas provisionales “que aseguren que (cinco mexicanos) no sean ejecutados”.
El consejero legal del Ministerio de Asuntos Exteriores de México Joel Hernández García calificó de “inconsistente” la decisión del estado de Texas de fijar la ejecución de Medellín para el próximo 5 de agosto.
Expuso que México y Estados Unidos “tienen visiones diferentes sobre la interpretación del fallo Avena”, que además estimó que Estados Unidos tenía que ofrecer a los mexicanos condenados a muerte “una reparación apropiada” por no haberles facilitado asistencia consular en el momento de su detención.
Cuando México elevó el caso “Avena” a la CIJ, basó su denuncia en la Convención de Viena de 1963, que estipula que las personas tienen derecho a asistencia consular y legal cuando son detenidas en el extranjero.
La directora del Centro de Derechos Humanos Internacionales de la Universidad de Chicago, Sandra Babcock, reconoció ante los jueces que desde que se pronunció la sentencia “Avena” se ha revisado la condena a 33 mexicanos condenados a muerte.
Sin embargo, denunció que “han fallado” el resto de los esfuerzos hechos por México para que EU aplicara esa sentencia.
En el caso concreto de Medellín, Babcock denunció que todas sus peticiones de revisión de su condena “han sido denegadas”. Por el contrario -añadió- el estado de Texas “fijó el día más próximo posible” para ejecutarle con “una inyección letal”.
En contra de la recomendación del propio presidente estadounidense, George W. Bush, la Corte Suprema de EU decidió recientemente que el fallo Avena no es obligatorio para las cortes de ese país, entre otras cosas porque no existe una legislación nacional que permita la aplicación de las sentencias de la CIJ.
México defendió además este jueves la urgencia de aplicar medidas provisionales antes de que la Corte tramite la petición de interpretar el fallo “Avena” o de lo contrario “se ejecutará a mexicanos mientras se estudia el caso”, afirmó la experta en derechos humanos.
La CIJ puede dictar medidas provisionales antes de empezar a tramitar un caso, siempre que tengan un carácter urgente, haya “daños irreparables” si no se toman y el hecho de dictarlas no interfiera o se confunda con la decisión última referente al fondo del contencioso.
México estima que su solicitud de medias provisionales cumple en este caso todos esos requisitos.
Copyright: Diario 21
El tribunal de la ONU más antiguo
La Corte Internacional de Justicia es el principal organismo jurídico de Naciones Unidas pero a menudo tiene problemas para imponer sus sentencias
I. F La Haya 22 JUL 2010 - 16:50 CET
El Palacio de la Paz de La Haya, sede de la Corte Internacional de Justicia, donde se ha emitido hoy la sentencia sobre la independencia de Kosovo. / REUTERS
Establecido en 1945, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) no sólo es el máximo órgano judicial de Naciones Unidas. También hace las veces de decano de las demás cortes surgidas al amparo de la justicia internacional. Igual que el TIJ, las más señaladas, como la Corte Penal Internacional o el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia , tienen su sede en La Haya. Así trabajan.
La Corte Internacional de la ONU resuelve disputas entre Estados por medio de sentencias vinculantes. También emite dictámenes consultivos en respuesta a las preguntas planteadas por la Asamblea General , o bien el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas . Estos no son de obligado cumplimiento, pero pueden animar a las partes a negociar por la vía diplomática.
En la práctica, los poderes de la Corte ?que está compuesta por 15 jueces nombrados por periodos de nueve años? se han visto mermados por la falta de compromiso de los países para acatar incluso los fallos obligados. El Consejo de Seguridad también tiene problemas para imponerse, sobre todo cuando la decisión afecta a uno de sus cinco miembros permanentes (China, Rusia, Estados Unidos, Reino Unido y Francia). Un buen ejemplo de las sentencias no acatadas es lo ocurrido en 1984, cuando Washington rechazó la que le conminaba a poner fin a su agresión contra Nicaragua.
En el terreno de las consultas, una de las más llamativas fue la que declaró ilegal, en 2004, el muro construido por Israel en Cisjordania . Los 15 jueces de la CIJ concluyeron que Israel violaba el derecho internacional y debía paralizar las obras. No le hicieron caso, pero la ola de protestas fue enorme en todo el mundo.
Con Srebrenica fue distinto. La Corte calificó el asesinato de 8.000 varones musulmanes de genocidio, pero exculpó a Serbia de responsabilidad al respecto.
El Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY), pertenece también a la familia de Naciones Unidas. Establecido en 1993, se dedica exclusivamente a juzgar los crímenes cometidos en las guerras de los Balcanes. Con 16 jueces, tiene previsto cerrar sus puertas hacia 2013. De todos modos, no cesará por completo su trabajo hasta que hayan sido detenidos todos los prófugos. El más conocido es el general serbobosnio Ratko Mladic, acusado por Srebrenica. La labor del TPIY es similar a la del Tribunal para Ruanda y el dedicado a Camboya.
La Corte Penal Internacional (CPI) empezó a operar en 2002. De carácter permanente, es heredera del proceso de Nuremberg contra los nazis. Con 21 jueces, es la única de su clase en el mundo para juzgar el genocidio y los crímenes de guerra y contra la humanidad. Su Estatuto interno, que obliga a los Estados a acatar sus órdenes, no ha sido ratificado por potencias como Estados Unidos, Rusia, China o India. Tampoco lo han hecho Irak, Israel y Cuba.
Conozca cuáles países han desacatado un fallo de la Corte Internacional de La Haya
Miércoles, Septiembre 11, 2013 | Autor: Elpais.com.co | Colprensa
Conozca cuáles países han desacatado un fallo de la Corte Internacional de La Haya
En teoría, las decisiones de la CIJ son inapelables y son de obligatorio cumplimiento, pero se han presentado varios casos en que los fallos no han sido atendidos.
Elpais.com.co | Colprensa Archivo
La decisión del Gobierno colombiano deconsiderar “inaplicable” el fallo de la Corte Internacional de Justicia que le quitó cerca de 75 mil kilómetros cuadrados en el mar Caribe, no es la primera decisión de ese alto tribunal que no es admitida por uno de sus Estados parte.
Aunque el presidente Juan Manuel Santos y la canciller María Ángela Holguín han insistido en que “Colombia no está desacatando el fallo” sino que lo considera “inaplicable mientras no exista un tratado” bilateral con Nicaragua, para los expertos en la práctica es un desacato al mismo.
La CIJ es un organismo creado en 1945 en el seno de la Organización de las Naciones Unidas como su principal tribunal de justicia para dirimir diferencias entre Estados, formular recomendaciones y buscar acercamientos que permitan la paz. Colombia forma parte de esa Corte y desde su creación aceptó su jurisdicción.
En teoría, las decisiones de la CIJ son inapelables y son de obligatorio cumplimiento, pero a lo largo de su historia se han presentado varios casos en que los fallos de la CIJ no han sido atendidos.
La misma carta de las Naciones Unidas prevé que cuando esto ocurra, el Estado afectado puede acudir al Consejo de Seguridad de la ONU para que este busque mecanismos de presión que hagan cumplir la decisión judicial.
Expertos en derecho Internacional explican que Nicaragua, si así lo decide, podría buscar apoyos diplomáticos y políticos en organismos como la OEA y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe, Celac.
De lograr esos apoyos, los analistas dicen que Colombia perdería su reputación como Estado respetuoso del derecho Internacional.
Por ello, si bien Colombia a través del Ejecutivo ha dicho que el fallo es “incaplicable” pero que buscará concertar un tratado con Nicaragua, al mismo tiempo puso en marcha una estrategia jurídica ante el mismo tribunal internacional.
Pero Colombia no es el primer país en apartarse de una decisión del tribunal de La Haya. Los siguientes son los casos más importantes que se han registrado desde la creación de la CIJ.
Francia
En mayo de 1973 la CIJ le ordenó a Francia “evitar pruebas nucleares” que pudieran producir lluvia radioactiva en territorio de Nueva Zelanda.
El gobierno Galo desconoció el fallo y realizó nuevas pruebas nucleares en los años siguientes por razones de seguridad nacional, sin que haya sido sancionado.
Estados Unidos
En 1984, la CIJ ordenó a Estados Unidos indemnizar a Nicaragua por el uso ilegal de la fuerza contra el país. Pero los expertos no se han puesto de acuerdo en si oficialmente esa indemnización nunca se pagó o no.
En otro caso, la CIJ condenó en junio de 2001 al país del norte por violar la Convención de Viena relacionada con las relaciones consulares, puesto que no respetó el debido proceso en el caso de la ejecución en el estado de Arizona del ciudadano alemán Walter LaGrand.
Por este caso, Estados Unidos nunca fue sancionado.
Islandia
En julio de 1974 la CIJ le dio la razón al Reino Unido luego de que Islandia, dos años atrás, extendió su área de pesca exclusiva de 12 a 50 millas argumentando razones de seguridad nacional económica. Islandia no aceptó la jurisdicción de la Corte y tampoco participó en las audiencias públicas.
La crisis se solucionó en 1976 con un acuerdo bilateral sobre las áreas de pesca, pero Islandia no fue sancionada por el desacato.
Argentina
En 1977 Argentina desconoció un fallo de la CIJ que le concedió a Chile la posesión de tres islas en el Canal Beagle.
La situación, que por poco termina en enfrentamiento militar, se solucionó con la mediación de El Vaticano.
Claves del fallo que blinda inaplicabilidad de decisión de La Haya
Corte Constitucional no ordena desacatar fallo de tribunal internacional, pero obliga a acuerdo.
Por: REDACCIÓN EL TIEMPO 4 de mayo de 2014 Claves del fallo que blinda inaplicabilidad de decisión de La Haya
Con la declaración de exequibilidad condicionada del Pacto de Bogotá (el mismo que permite que la Corte de La Haya resuelva las disputas de límites entre los países americanos), la Corte Constitucional le dio un espaldarazo definitivo a la decisión del Gobierno sobre la inaplicabilidad del polémico fallo del 2012 , que le quita al país 75.000 kilómetros en el Caribe.
El Pacto se suscribió en 1968, pero la Corte tiene la facultad de revisar tratados anteriores a la Constitución de 1991 y así lo hizo en este caso. Lo que decidió, con ponencia del magistrado Mauricio González y con apoyo de 5 de sus 9 miembros, fue dejar totalmente en claro que los límites del territorio colombiano no pueden ser cambiados por sentencias ni laudos internacionales, como lo impone el Pacto. (Lea también: 'Debe hacerse un tratado con Nicaragua definiendo límites').
La consecuencia de esto es que, sin un tratado con Nicaragua debidamente aprobado, el fallo de La Haya no puede ser acatado por las autoridades colombianas. (Lea también: Presidente aseguró que fallo de La Haya solo se podrá aplicar si hay un tratado).
1. Se necesita un tratado
En su artículo 101, la Constitución enumera los tratados y laudos que definen los límites del territorio nacional y establece que la única manera de modificarlos es mediante un tratado que haya cumplido todo el trámite: aprobación del Congreso, examen de la Corte Constitucional y ratificación del Presidente. Pero un fallo de La Haya, como ocurrió en el caso de Nicaragua, puede modificar, al menos jurídicamente, nuestros límites. Sin mencionar el tema de San Andrés, el fallo de la Corte Constitucional obliga a que se firme un tratado para poder cumplirle a la Corte Internacional.
2. No se desconoce fallo de La Haya
En su sentencia, la Corte Constitucional reconoce que el principio del pacta sunt servanda (los tratados se cumplen) es ineludible para el Estado. “Las decisiones proferidas por la Corte Internacional de Justicia, con base en la jurisdicción reconocida mediante el artículo 31 del Pacto, no pueden ser desconocidas (...). Simultáneamente –dice el fallo– las autoridades del Estado colombiano tienen la obligación de cumplimiento del artículo 101”. Esto es, buscar un tratado.
3. Por qué la Corte volvió sobre el Pacto
El Pacto de Bogotá, que entró a la legislación nacional en los 60, fue revisado y declarado exequible por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Pero eso fue antes de la Carta de 1991, y por eso la Corte Constitucional consideró que podía volver a examinarlo. Más porque, dice la sentencia, el Pacto “está produciendo o puede producir efectos jurídicos para el Estado colombiano que se tengan por incompatibles con la Constitución”.
4. ¿Por qué es un respaldo al Gobierno?
El año pasado, en septiembre, el presidente Santos señaló que el fallo de La Haya era inaplicable, pues hacerlo implicaría ir en contra de la Constitución y las leyes colombianas. La decisión de la Corte le da plena validez a esa posición. Lo que procede no es desconocer a la Corte Internacional de Justicia, sino buscar un acuerdo diplomático con Nicaragua. Mientras tanto, la orden de La Haya no vale para Colombia.
5. Efectos en el ámbito internacional
Aunque seguramente vendrán reacciones de Managua y de la misma Corte Internacional de La Haya, el efecto de la sentencia de la Corte Constitucional solo se proyecta internamente. Lo que significa es que ningún gobierno, sin violar la ley, podrá permitir que el país pierda soberanía en el Caribe por efecto de la sentencia internacional. A la vez, marca la ruta para que se empiece a buscar un tratado directo que logre un equilibrio entre los intereses de las dos partes, como han hecho otros países frente a otros fallos.
Un hecho con antecedentes
No es la primera vez que la Corte Constitucional decide sobre tratados y pactos anteriores a su misma existencia. En 1993, ese alto tribunal fue mucho más lejos: tumbó parte del Concordato que había sido firmado con la Santa Sede a finales del siglo XIX.
Al revisar este pacto, el 5 de febrero de ese año, la Corte declaró inexequibles 11 artículos de ese tratado considerando que iban en contra de los derechos fundamentales que establece la Constitución del 91.
El fallo, que fue histórico, decía que partes del Concordato que se relacionaba con el matrimonio civil y la educación de comunidades indígenas se contraponían a las leyes internas y afectaban los derechos fundamentales que establece la Constitución. La decisión estableció que la iglesia Católica no podía gozar de ningún privilegio y la dejó en igualdad de condiciones frente a otras congregaciones y cultos.
De otro lado, en el fallo sobre el Pacto de Bogotá los magistrados aludieron a la necesidad de que los países establezcan tratados para resolver las disputas. En este caso, la Corte Constitucional también mencionó puntualmente la situación que se dio entre el Reino de Dinamarca y el Reino de Noruega.
En 1993 Dinamarca le solicitó a la Corte Internacional de Justicia que le reconociera una extensión de zona exclusiva de pesca y plataforma continental y trazara una línea de delimitación marítima con Noruega.
En su decisión, la Corte Internacional fijó la frontera marítima entre estos dos Estados. Sin embargo, luego de ese fallo, Dinamarca y Noruega suscribieron un tratado bilateral y trazaron una nueva frontera marítima cuyas coordenadas no coincidieron con las que había indicado la Corte.
REDACCIÓN EL TIEMPO
Países que han desafiado los fallos de Corte Internacional de Justicia
DANIEL VELÁSQUEZ MEJÍA | PUBLICADO EL 20 DE NOVIEMBRE DE 2012
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945, en La Haya, Países Bajos, con el fin de resolver las disputas entre Estados y emitir conceptos y opiniones en cualquier cuestión jurídica planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad.
A la Corte pueden acudir todos los Estados que sean miembros de las Naciones Unidas y hayan firmado la Carta de las Naciones Unidas, la cual los compromete automáticamente a obedecer cualquier sentencia de la CIJ. De lo contrario, un Estado puede acudir al Consejo de Seguridad para que tome medidas que hagan cumplir el fallo.
Colombia ya se había sometido a este tribunal en 1950 en el Caso Haya de la Torre, cuando discutía con Perú por el asilo de Víctor Raúl Haya de la Torre. En esa ocasión, el tribunal falló a favor de Colombia, reconociendo el artículo 38 de su Estatuto donde admite la posibilidad de principio de las costumbres regionales americanas.
A pesar de que un juicio de la Corte Internacional de Justicia es vinculante, final y sin posibilidad de apelación, son muchos los casos de desacato por parte de países miembro de la Naciones Unidas como Francia, Estados Unidos, Albania, Argentina, Guinea-Bissau, Irán, Malasia, Nigeria, Rumania, Sudáfrica, Tailandia, Islandia y Marruecos, entre otros.
Francia
El 9 de mayo de 1973, Nueva Zelanda le solicitó a la Corte Internacional de Justicia que le ordenara a Francia no realizar más pruebas nucleares en el Pacífico Sur. Francia respondió desconociendo a la CIJ y su competencia, por lo que no participó en ningún procedimiento. El 22 de junio de ese año la Corte emitió una resolución que afirmaba que "el Gobierno francés debe evitar las pruebas nucleares que producen lluvia radiactiva en territorio de Nueva Zelanda".
A pesar del fallo, Francia realizó otras cinco pruebas entre julio y agosto de 1973 y otras siete entre junio y septiembre de 1974. Nueva Zelandia informó a la CIJ que habían encontrado lluvia radiactiva en su territorio, pero ninguna sanción fue impuesta al país europeo que esgrimió la seguridad nacional como argumente para el desacato.
Estados Unidos
Hay dos casos en los que Estados Unidos ha desafiado los fallos de la Corte Internacional de Justicia.
En 1984, Nicaragua denunció el uso ilegal de la fuerza por la intervención norteamericana en el país centroamericano. La Corte dictaminó que Estados Unidos cometió una infracción del "Derecho internacional consuetudinario de abstención del uso de la fuerza contra otro Estado" y le ordenó pagar una compensación económica, lo cual nunca se hizo oficialmente. Aunque se rumora que Estados Unidos si efectuó dicho pago.
El otro caso ocurrió el 3 de mayo de 1999, cuando Walter LaGrand, de nacionalidad alemana, fue sentenciado a muerte en el estado de Arizona por asesinato en primer grado. Alemania solicitó a la CIJ suspender la ejecución hasta que se resolviera una queja sobre el mal procedimiento del Estado de Arizona, que no avisó sobre el derecho de LaGrand a ponerse en contacto con el consulado alemán.
Ese mismo día, la Corte Internacional de Justicia emitió una orden que pedía a Estados Unidos "tomar todas las medidas a su alcance para asegurarse que Walter LaGrand no sea ejecutado mientras espera la decisión final de este proceso".
Alemania interpuso recurso de apelación ante la Corte Suprema de Estados Unidos para un suspensión de la ejecución, pero fue rechazada de inmediato. Walter LaGrand fue ejecutado, con el proceso internacional aún abierto.
El 27 de junio del 2001, la Corte Internacional de Justicia rechazó los argumentos estadounidenses y falló a favor de Alemania, argumentando que la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares concedió derechos a los individuos sobre la base de su sentido corriente, y que las leyes nacionales no pueden limitar los derechos de los acusados .
El tribunal también determinó que Estados Unidos violó la Convención de Viena a través de la aplicación de la preclusión procesal. Sin embargo, ninguna sanción se produjo ante el actuar norteamericano.
Islandia
En julio de 1972, Islandia amplió unilateralmente su área de pesca exclusiva de 12 a 50 millas, lo que provocó una queja de Reino Unido y Alemania ante la Corte Internacional de Justicia.
Islandia no aceptó la jurisdicción de la Corte y no participó en ninguna de las audiencias.
El Reino Unido siguió enviando barcos de pesca en la zona reclamada por Islandia, lo que generó reacción de la Guardia Costera islandesa que atacó a los barcos ingleses y cortó sus líneas de arrastre.
En julio de 1974, la Corte Internacional de Justicia dictaminó que la extensión unilateral la zona de pesca exclusiva de Islandia no era válida y que el Reino Unido tenía derechos de pesca fuera del límite de las 12 millas. Sin embargo, esta decisión no fue acatada por la Islandia.
El conflicto terminó en 1976 con un acuerdo que concedió a Islandia casi la totalidad de sus demandas. A pesar del desacato, no hubo sanciones contra la isla que usó el argumento de su seguridad nacional económica para ignorar la decisión.
Argentina
En 1977, un tribunal de la Corte Internacional de Justicia dictaminó que tres islas en el Canal Beagle pertenecían a Chile y no a Argentina. Argentina rechazó la decisión, lo que generó una disputa que casi termina en un enfrentamiento militar, pero gracias a la mediación del Vaticano la querella fue finalmente resuelta.
El precio de desafiar a la Corte de La Haya
Desde su creación en 1945, muchos países han vulnerado las decisiones de la Corte Internacional de Justicia. Argentina, EEUU, Francia e Islandia, entre los más importantes
Según informa el sitio El Colombiano, la Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas y a pesar de eso, son muchos los casos de los países que no han acatado los fallos de dicho tribunal.
Francia, Estados Unidos, Albania, Argentina, Guinea-Bissau, Irán, Malasia, Nigeria, Rumania, Sudáfrica, Tailandia, Islandia y Marruecos son algunos de los países que han vulnerado las resoluciones de la Corte, a pesar de que éstas son vinculantes, finales y sin posibilidades de apelación.
La Corte fue establecida en La Haya, en el año 1945, con el fin de resolver disputas entre los Estados y emitir conceptos y opiniones en cualquier cuestión jurídica planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad.
Los Estados miembros de las Naciones Unidas y los que hayan firmado la Carta de Naciones Unidas son los únicos que pueden acudir a la Corte, lo que formalmente los compromete automáticamente a acatar cualquier sentencia.
En el año 1973, Francia desconoció un fallo de la CIJ que le ordenaba no realizar más pruebas nucleares en el Pacífico Sur a pedido de Nueva Zelanda, que se veía afectada por lluvia radioactiva en su territorio. Entre ese año y el siguiente, Francia realizó 12 pruebas más sin que ninguna sanción le fuera impuesta.
En dos oportunidades Estados Unidos ha desafiado los fallos de la Corte Internacional de Justicia. En 1984, fue denunciado por Nicaragua por el uso ilegal de la fuerza en su territorio, por lo que la CIJ lo instó a pagar una compensación económica que nunca se efectuó.
En 1999, Estados Unidos llevó adelante una sentencia de muerte contra un ciudadano alemán, a pesar de un proceso internacional abierto a raíz de las quejas de Alemania ante la Corte por no haber avisado sobre el derecho de ponerse en contacto con el consulado alemán. A pesar de haber violado la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, los Estados Unidos no recibieron ninguna sanción por su accionar.
En 1972, Islandia amplió un área de pesca exclusiva de 12 a 50 millas, que provocó una queja de Reino Unido y Alemania ante la CIJ. Islandia no aceptó la jurisdicción de la Corte y no participó en ninguna de las audiencias. El conflicto duró hasta 1976, cuando fueron reconocidos casi la totalidad de los territorios reclamados por la isla, que no tuvo sanaciones con el argumento de su seguridad económica.
En 1977, Argentina rechazó la decisión de un tribunal de la Corte Internacional de Justicia que dictaminó que tres islas en el Canal Beagle pertenecían a Chile y no a la Argentina. La disputa casi termina en un enfrentamiento militar, pero gracias a la mediación del Vaticano, la querella fue finalmente resuelta.
Naciones que se ‘pasaron por la faja’ los fallos de La Haya
NOVIEMBRE 26, 2012 - 00:11
Francia, Estados Unidos, Albania, Argentina, Guinea-Bissau, Irán, Malasia, Nigeria, Rumania, Sudáfrica, Tailandia, Israel, Islandia y Marruecos son algunos de los países que han vulnerado las resoluciones de la Corte, a pesar de que éstas son vinculantes, finales y sin posibilidades de apelación.
Después de haber quedado Colombia con menos espacio marino, el paso que muchos en la opinión pública sugieren que dé el Gobierno Santos, es el desobedecer la decisión impartida por la Corte Internacional de Justicia (CIJ).
La Corte que fue establecida en La Haya, en el año 1945, con el fin de resolver disputas entre los Estados y emitir conceptos y opiniones en cualquier cuestión jurídica planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, ha sido el centro de arbitraje por excelencia para resolver litigios entre países.
Los Estados miembros de las Naciones Unidas y los que hayan firmado la Carta de Naciones Unidas son los únicos que pueden acudir a la CIJ, lo que formalmente los compromete automáticamente a acatar cualquier sentencia. Pero no todos acatan lo que dispone el organismo internacional y dan poca importancia a las recomendaciones dadas. A continuación presentamos algunos de los casos más relevantes desde que fue creada la Corte.
EE.UU
En dos oportunidades Estados Unidos ha desafiado los fallos de la Corte Internacional de Justicia. En 1984, fue denunciado por Nicaragua por el uso ilegal de la fuerza en su territorio, por lo que la CIJ lo instó a pagar una compensación económica que nunca se efectuó. El fallo de la CIJ fue dictado el 27 de junio de 1986 para condenar los ataques con explosivos contra puertos y otras instalaciones de Nicaragua, en la década del ochenta.
EE.UU
En 1999, Estados Unidos llevó adelante una sentencia de muerte contra un ciudadano alemán, Walter LaGrand, a pesar de un proceso internacional abierto a raíz de las quejas de Alemania ante la Corte por no haber avisado sobre el derecho de ponerse en contacto con el consulado alemán. A pesar de haber violado la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, los Estados Unidos no recibieron ninguna sanción por su accionar.
ISLANDIA
En 1972, Islandia amplió un área de pesca exclusiva de 12 a 50 millas, que provocó una queja de Reino Unido y Alemania ante la CIJ. Islandia no aceptó la jurisdicción de la Corte y no participó en ninguna de las audiencias. El conflicto duró hasta 1976, cuando fueron reconocidos casi la totalidad de los territorios reclamados por la isla, que no tuvo sanciones con el argumento de su seguridad económica.
FRANCIA
En el año 1973, Francia desconoció un fallo de la CIJ que le ordenaba no realizar más pruebas nucleares en el Pacífico Sur a pedido de Nueva Zelanda, que se veía afectada por lluvia radioactiva en su territorio. Entre ese año y el siguiente, Francia realizó 12 pruebas más sin que ninguna sanción le fuera impuesta.
ARGENTINA
En 1977, Argentina rechazó la decisión de un tribunal de la Corte Internacional de Justicia que dictaminó que tres islas en el Canal Beagle pertenecían a Chile y no a la Argentina. La disputa casi termina en un enfrentamiento militar, pero gracias a la mediación del Vaticano, la querella fue finalmente resuelta.
NIGERIA
En 2002, Nigeria rechazó y desacató la decisión de la Corte que le otorgó la Península de Bakassi a Camerún. Luego de 15 años de disputas sobre ese territorio rico en reservas naturales de petróleo y gas, Nigeria optó por entregar la península.
ISRAEL
En el 2004 La Corte Internacional de Justicia emitió un dictamen que considera contraria al derecho internacional la construcción de la valla de seguridad que construyó Israel en Cisjordania.
Ante el desacato, Israel en su momento respondió: "Sin terrorismo no habría valla de seguridad". La nación del Medio Oriente sólo acata los fallos del Tribunal Supremo de Jerusalén.
RUMANIA Y MALASIA
En 1989 Rumanía y en 1999 Malasia, desacataron fallo de la Corte sobre inmunidad de ciudadanos y funcionarios ONU.
Y si se desacata el fallo de la CIJ…
11/24/2012 12:00:00 AM
Muchos han levantado su voz para desacatar el fallo. Esta opción es tan impensable como peligrosa.
Y si se desacata el fallo de la CIJ… Colombia debe rechazar el fallo porque derrumba soberanía de la patria. Las cortes internacionales no están instituidas para socavar la soberanía de los pueblos sino para hacer justicia. Álvaro Uribe, Expresidente Foto: GUILLERMO TORRES/SEMANA
Desacatar el fallo de la Corte Interamericana de Justicia puede llegar a ser más desastroso que el fallo mismo. Hay quienes dicen que no es el fin del mundo. Pero se podría hacer el siguiente ejercicio: ¿Colombia dice que no acata la sentencia y qué sucede al día siguiente?
Hay consecuencias de todo tipo. Primero, Colombia podría terminar en la mira del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. O denunciada ante él. Y Nicaragua ya tiene experiencia en ello. En 1986 los nicas le pidieron al Consejo de Seguridad que hiciera cumplir el fallo dictado por la Corte contra Estados Unidos por el apoyo de este país a los contras. Estados Unidos ejerció su derecho al veto, pero en 1991, cuando se dio el cambio de gobierno en Nicaragua, las negociaciones entre las partes permitieron llegar a un acuerdo.
Colombia, sin el poder de veto de Estados Unidos, podría llegar a verse muy afectada si termina como niña castigada ante el Consejo de Seguridad, como ya ha pasado con varios países. "El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas entraría a decidir si emite una resolución que obligue a Colombia a acatar el fallo de la CIJ", dice Ricardo Abello, profesor de derecho internacional público de la Universidad del Rosario. "Eso podría traducirse en sanciones económicas, ruptura de relaciones diplomáticas y bloqueos, entre otras opciones que están contempladas en el capítulo siete de la Carta de Naciones Unidas", agrega. Es evidente que no se llegaría a esos extremos pero quedamos muy mal parados y perdemos credibilidad ante la comunidad internacional.
El segundo efecto de desacatar el fallo, tal vez el más delicado, es que podría provocar un reacomodo de las alianzas en el vecindario o, para decirlo de otra manera, podría recibirse como una provocación en el grupo de los 'nuevos mejores amigos'. El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, y en general todo su país son inseparables del presidente Hugo Chávez. No respetar un fallo en el que ellos resultan ganadores puede echar por tierra todo el trabajo que la canciller María Ángela Holguín, y el propio presidente Juan Manuel Santos, han hecho en los últimos dos años para sanar las heridas que quedaron abiertas en el pasado. Más allá de sintonías ideológicas, que no las hay, lo que mantiene esa relación es la confianza y el pragmatismo. ¿Qué haría Hugo Chávez ante una declaración de desacato del fallo de Colombia?
Y no son solo Chávez y Ortega, cualquier posición que ellos tomen sería asumida por todo el Alba, asociación de la cual hacen parte otros países vecinos, como Ecuador, con el cual Colombia tiene un litigio pendiente en la Corte, y caribeños como Haití y Honduras, con los cuales Colombia tiene tratados limítrofes que podrían ser revisados. Por no hablar de la propia Venezuela, con la cual el país tiene el más grande diferendo limítrofe, que podría ser sacado del congelador ante cualquier gesto que se perciba como agresión por parte de Colombia a los amigos del Alba. O Cuba que también hace parte del Alba y hoy es la anfitriona de los diálogos de paz. ¿Qué pasaría con el proceso de paz si Cuba protesta por la falta de acatamiento de Colombia al fallo de la Corte Internacional?
El tercer efecto de desacatar el fallo, que se deriva del anterior, sería la constante situación de zozobra en la que se verían no solo los habitantes del archipiélago de San Andrés, sino en toda Colombia. En general, cuando se han demorado en acatarse los fallos, los países partes del litigio terminan enfrascados en conflagraciones bélicas. Este, sin duda, sería el peor escenario.
En el país se ha dado una división de opiniones, muy curiosa, con respecto a si se acata o no el fallo. De un lado, el del desacato, se han ubicado varios de los congresistas más reconocidos del país. Y del otro lado, el del acatamiento, humanistas y filósofos. Mientras el senador Armando Benedetti dice: "Canciller, deje el miedo y desconozca el fallo", el historiador Jorge Orlando Melo escribía en su columna de 'El Tiempo': "El nacionalismo de banderitas está excitado y pide que no obedezcamos la decisión de la Corte, como si fuéramos un país de matones , donde la ley se cumple solo cuando le sirve a uno".
Y ahí viene el otro impacto importante en caso de que se llegara a desacatar el fallo: el manto de duda que se cerniría sobre el respeto por la ley y la Justicia internacional. El mundo, durante los últimos sesenta años, ha venido construyendo una arquitectura para resolver de manera pacífica conflictos entre las naciones. Y de hecho, en la Corte Internacional de La Haya, el máximo organismo de justicia de las Naciones Unidas, se han resuelto muchas diferencias entre naciones.
Es curioso que sea Álvaro Uribe el que se ha puesto como abanderado de desacatar el fallo. Hace recordar aquella frase suya cuando era presidente, que fue muy cuestionada, en la que les decía a los congresistas investigados por la parapolítica: "Vayan rapidito a votar los proyectos en el Congreso antes de que los metan a la cárcel". En un país como Colombia, donde el cumplimiento de las leyes sigue siendo una tarea pendiente de consolidar, no sería el mejor ejemplo que la cabeza del Estado termine desacatando el fallo de la Corte Internacional de Justicia.
Y en este caso particular el desacato puede ser peor. Pues Colombia legitimó la competencia de la Corte de La Haya al aceptar el primer fallo de 2007, en el que ratificó su soberanía sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Venir ahora, en la derrota, a desacatar su fallo le pondría a Colombia cierto inri, por decir lo menos, de mal perdedor. "No puede ser que los fallos solo se acaten cuando son favorables. El fallo no se puede desconocer", afirmó el excanciller Guillermo Fernández de Soto.
El expresidente Uribe al exponer sus argumentos de por qué desacatar el fallo, trajo a colación en su cuenta de Twitter los nombres de otros países que según él se han hecho los de oídos sordos a las decisiones de la Corte de La Haya. Sin embargo, al revisar uno a uno los casos, se encuentra que varios de ellos se demoraron en aceptar pero finalmente lo hicieron. Uribe menciona el caso de Nigeria, que según él, rechazó y desacató una decisión de la Corte que le otorgó la Península de Bakassi a Camerún. En realidad, ese caso ya se resolvió desde 2006. También menciona el caso de Estados Unidos y Nicaragua, ya mencionado.
A pesar de lo que muchos han dicho, en realidad en cuanto a fallos de límites marítimos hasta ahora solo se ha mantenido un desacato a la Corte de La Haya, el de Hungría en su litigio con Eslovaquia.
El hecho de que los desacatos hasta ahora no han prosperado, no quiere decir que la idea sea fácil de vencer en Colombia. Sin duda, apelar al patriotismo es una de las claves que las cartillas de relaciones públicas dan para ganar puntos en las encuestas. Por eso no es extraño que Uribe haya resucitado su teoría del Estado de opinión para proponer que sea el pueblo el que decida si se debe desacatar el fallo. Por eso tampoco es raro que el presidente Juan Manuel Santos no se decida a resolver de una vez por todas la incertidumbre de si Colombia va a desacatar el fallo o no. Puede ser, sin duda, muy contraproducente irse en contra del ánimo exaltado por el legítimo sentimiento patriótico del pueblo.
Sin embargo, si se quiere marcar una diferencia, entre un antes y un después, es precisamente en momentos como estos en los que la calidad del estadista se pone a prueba. No es una situación fácil ya que en política los tres conceptos del Estado se conjugan en este lamentable episodio: soberanía, territorio y población.